Comisión de Vigilancia.

  • Para velar por el ejercicio de la profesión. Ley Provincial Nº 5805. Resolución Nº 24670 en cuanto a la publicidad del ejercicio de la profesión.

  •    • ¿En qué dependencia puede iniciarse el trámite?
    • De manera virtual a traves del Formulario.
    • De forma Presencial, completar y entregar el formulario otorgado por Comisión de Vigilancia, Sede del Colegio de Abogados de Córdoba, 4º piso.
        • Área a receptora del trámite    Comisión de Vigilancia
    • Completar y enviar formulario. Formulario.
    • Poseer correo electrónico.
    • Completar y enviar formulario con datos personales.


        • ¿Debe presentar documentación y/o formularios?
    1) Completar y enviar el formulario on-line, o de manera presencial, completar el formulario otorgado por Comisión de Vigilancia en 4º piso, sede del Colegio e Abogado de Córdoba.
    2) Si hubiera documentación respaldataria de la denuncia, presentar dentro de los 10 (diez) días habiles, luego de realizada la misma.